Introducción de topes al alquiler en la nueva ley de vivienda.

Introducción de topes al alquiler en la nueva ley de vivienda.

España tendrá la ley estatal de vivienda con el mayor grado de intervención pública en el mercado de alquiler en Europa. Se prevé que esta nueva norma afectará los contratos vigentes. Las rentas del alquiler están topadas en los nuevos contratos de arrendamiento de vivienda habitual que se firmen a partir de hoy en las 60 mayores ciudades catalanas, de manera que los propietarios no pueden subir las rentas que pagaba el anterior inquilino, o tienen que bajarla si superaba el precio medio de la zona que recoge el Índice de Precios de la Generalitat

La regulación del alquiler ha sido una de las principales diferencias en las negociaciones entre el PSOE y Podemos para pactar los presupuestos, y finalmente el acuerdo entre las dos formaciones prevé incrementar un 368% las partidas dedicadas a políticas de vivienda, hasta los 1.772 millones, y posponer la aplicación de controles de renta hasta la aprobación de la nueva ley. El compromiso de las dos formaciones prevé llevarla al Congreso antes de cuatro meses e incluir en ella mecanismos que habiliten a las comunidades autónomas o los ayuntamientos a establecer la limitación o bajada de precios del alquiler en zonas de mercado tensionadas, tanto en nuevos contratos como en los ya existentes. La futura ley de Vivienda, que en estos momentos se encuentra en información pública previa a propuesta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, se elaborará conjuntamente con la vicepresidencia de Pablo Iglesias. Para determinar esas zonas se usará el índice de referencia de precios de alquiler que presentó el ministro de Transportes, José Luis Ábalos, en junio. 

La regulación que se prevé introducir en la nueva ley va más allá de la normativa que aprobó el Parlament en septiembre, que solo interviene en los nuevos contratos. En Catalunya, la ley de Medidas Urgentes en materia de vivienda establece 60 municipios en que se considera que falta vivienda asequible, que incluyen las cuatro capitales de demarcación y prácticamente toda el área metropolitana de Barcelona.

¿Cuál debe ser el precio de tu alquiler con la nueva ley catalana?

La entrada en vigor de la Ley de Medidas Urgentes en materia de vivienda aprobada recientemente en el Parlament provoca que los contratos de alquiler que se firmen a partir de ahora en 60 municipios estén topados por las referencias del Índice de referencia de precios de la vivienda de la Agència de l’Habitatge de Catalunya. Se considera que en estos municipios, entre ellos Barcelona y una cuarentena de su área metropolitana, falta vivienda asequible.

La renta de los nuevos contratos no podrá superar el precio que establezca el índice y no se podrá subir, aun cuando sea inferior al índice, si la vivienda se ha alquilado por un precio inferior en los cinco años anteriores. Las rentas sí podrán superar en un 5% el índice si se les han realizado obras de mejora en el último año o si tienen piscina, conserje, zona comunitaria y están amuebladas, sin poder sumarse a la anterior.

La Generalitat cuenta con un portal que permite consultar los precios de referencia para las viviendas que interesen. Accesible a través del portal de Habitatge, tras introducir los datos de dirección, superficie de la vivienda sin elementos comunes (metros cuadrados, que se pueden consultar en el catastro), estado de mantenimiento –en perfecto estado, en buen estado, faltan actualizaciones o en estado deficiente–, la planta, el año de construcción –anterior a 1917, de 1918 a 1944, del 1945 al 1978, de 1979 a 2007 o posterior al 2008, algo que se puede consultar en el catastro– y el certificado energético. También se debe especificar si cuenta con ascensor, parking y está amueblado.

En el índice se incluyen viviendas con 10 metros cuadrados menos y 10 metros cuadrados más de la referencia introducida. Es decir, si se buscan pisos de 80 metros cuadrados, se recogerán también desde 70 a 90.

Los ejemplos en las ciudades catalanas donde ya rige

Entre los casos prácticos de ciudades donde ya se aplica, para un piso en la zona de carrer Mandri, en el barrio de Sant Gervasi de Barcelona, con 70 metros cuadrados, construido entre 1945 y 1978, en buen estado, con ascensor, se obtiene un precio de 14,64 euros el metro cuadrado, lo que fija el alquiler en 1.024 euros.

Si se pasa a la calle Llull, en la Vila Olímpica de la capital catalana, un primer o segundo piso de 83 metros cuadrados en el que se necesitan actualizaciones, construido entre 1945 y 1978, con un certificado energético D, la referencia es de 9,43 euros por metro cuadrado, por lo que el alquiler quedaría en 782,60 euros.

Si se consulta un piso en La Llagosta de unos 70 metros cuadrados en perfecto estado, con ascensor, parking y amueblado, se fijaría el alquiler de referencia en unos 536 euros, en base al precio de 8 euros por metro cuadrado que ofrece la herramienta. Si existen mayores dudas, el detalle del proceso de búsqueda se puede consultar paso a paso en el manual de la Agència de l’Habitatge.

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