Aunque vivir en propiedad es todavía la opción mayoritaria en España, el alquiler es una alternativa para muchos: más del 17 % de la población.
Si eres propietario y piensas que, con anunciar la vivienda y dar con un inquilino fiable está todo hecho, lamentamos decirte que te equivocas. De entrada, hay una serie de documentos sin los que te resultará imposible alquilar legalmente e, incluso, publicar tu oferta.
Certificado energético
El certificado de eficiencia energética, en función de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre la vivienda, es un documento imprescindibles para que puedas poner la casa en alquiler. De hecho, si te decides por acudir a una agencia inmobiliaria para anunciar el alquiler de la vivienda, ya ahí necesitarás el certificado energético. El motivo se debe a que el anuncio deberá incorporar la etiqueta de eficiencia energética y, posteriormente, también tendrás que aportar copia del documento al inquilino.
Los únicos supuestos en los que se podría arrendar sin certificado son en casos de alquileres vacacionales durante un máximo de cuatro meses al año o en casos de arrendamiento de una vivienda de menos de 50 metros cuadrados en un área aislada.
Cédula de habitabilidad
Respecto a la cédula de habitabilidad (también llamada la licencia de primera ocupación según el lugar), es un documento que garantiza que la vivienda cuenta con las condiciones necesarias para residir en ella.
Documentos de propiedad
El documento de identidad del propietario será también necesario, junto con aquel que demuestre que es el dueño de la vivienda, lo que se acreditará con la escritura de propiedad. Asimismo, es habitual entregar copias del último recibo del IBI y de las facturas de suministros básicos.
Aunque no se trate de un documento, hay algo más que el propietario no debe olvidar entregar: las llaves, pero no solo un ejemplar, sino todos los juegos disponibles para acceder a la vivienda sobre la que otra persona tendrá en adelante el derecho al uso y disfrute.
Hay que recordar que el alquiler de una vivienda implica el pago de un impuesto, aunque desconocido por muchos, el itp, que puede suponer el pago de unos 200 euros para un alquiler de 850 euros mensuales.
Documentación que debe aportar el inquilino para alquilar una vivienda
Identificación y fianza
Los documentos que el futuro inquilino tiene que aportar son bastantes menos (básicamente el DNI o pasaporte). No obstante, en cumplimiento de la Ley de Arrendamientos Urbanos, también tendrá que pagar una fianza equivalente a una mensualidad, en el caso de viviendas. En este punto, el propietario tendrá que realizar el depósito de la fianza en la Agencia de Vivienda de su comunidad.
Aval para alquiler
También es posible que el inquilino necesite un aval, que puede pedir al banco para garantizar la disponibilidad de varias mensualidades en caso de impago, con lo que la cantidad quedaría inmovilizada. En ausencia de aval, puede ser que la persona interesada en alquilar tenga que presentar las últimas nóminas u otra prueba de solvencia.
Tanto el propietario como el inquilino tendrán que firmar un contrato de alquiler que incluya toda la información necesaria y que, si estiman conveniente, pueden inscribir en el Registro de la Propiedad para contar con más garantías. Ante cualquier duda –en especial para la preparación del contrato–, es recomendable pedir el asesoramiento de un abogado especializado.