Con cuatro meses y no con 30 días.

Con cuatro meses y no con 30 días.

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Comunicar con hasta 4 meses de antelación la no renovación de un contrato de alquiler por parte de los propietarios es una medida que lleva en vigor en todos los contratos desde marzo de 2019


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Los propietarios de una vivienda en alquiler deberán comunicar al inquilino con cuatro meses de antelación, y no con 30 días como estaban acostumbrados, la no renovación del contrato a su finalización tras 5 o 7 años de alquiler.

Si el propietario no avisa en ese periodo de tiempo, el inquilino podrá prorrogar el alquiler hasta 3 años, según recoge el Real Decreto Ley 7/2019 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.

En concreto, si llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de sus prórrogas, y transcurridos como mínimo 5 años de duración o 7 si el arrendador es una persona jurídica, ninguna de las partes ha notificado a la otra (al menos con cuatro meses de antelación en el caso del arrendador y de dos en el caso del arrendatario) su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente hasta un máximo de tres años más.

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