A la hora de alquilar un piso es necesario conocer qué gastos vamos a tener y de esta forma ver si podemos afrontarlos.
Es recomendable acudir al Registro de la Propiedad para verificar quién es el titular de la vivienda y en qué régimen se encuentra. También es recomendable inscribir el contrato de alquiler en este registro, lo que te protege ante la venta del edificio o de la vivienda.
Gastos
La agencia inmobiliaria, el portal de alquiler o el propietario pueden pedirte una paga y señal como reserva de la vivienda, que luego te descontarán de la primera mensualidad o se comprometerán a devolver si no se llega a firmar el contrato.
Aportar la fianza a la agencia inmobiliaria o al propietario, que deben depositar en la entidad autonómica que corresponda: Incasòl, en el caso de Catalunya; IBAVI, en Illes Balears; Agencia de Vivienda Social, en Madrid; Bizilagun, en Euskadi; AVRA en Andalucía… Esta cantidad se devuelve cuando finaliza el contrato, si no se ha incumplido ninguna cláusula del contrato, ni causado ningún desperfecto, daño o impago. La citada entidad autonómica es quién la devuelve.
Los propietarios suelen pedir un aval bancario para hacer frente a posibles impagos.
La primera mensualidad del alquiler, la del mes en curso. Si es posible, el coste del alquiler no debe superar el 30 % de tus ingresos mensuales.
Es optativo pero recomendable asegurar el contenido de la vivienda. El continente ya está asegurado por el propietario.
Pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que se calcula según los años de contrato y el precio del alquiler y varía según la CC.AA.
Suministros: es conveniente cambiar el titular de los contadores de luz, agua y gas, tanto si se compra como si se alquila.
La mudanza, si el piso no está amueblado o si te trasladas desde otra vivienda.
Fuente: El Confidencial